Derechos y deberes
23 mayo, 2024 2024-06-14 13:54Derechos y deberes
Derechos y deberes de los pacientes
Según el Artículo 6° de la Ley 1616 de 2013 o ley de salud mental, son derechos de las personas en el ámbito de la salud mental:
- Derecho a recibir atención integral e integrada y humanizada por el equipo humano y los servicios especializados en salud mental.
- Derecho a recibir información clara, oportuna, veraz y completa de las circunstancias relacionadas con su estado de salud, diagnóstico, tratamiento y pronóstico, incluyendo el propósito, método, duración probable y los beneficios que se esperan, así como sus riesgos y las secuelas, de los hechos o situaciones causantes de su deterioro y de las circunstancias relacionadas con su seguridad social.
- Derecho a recibir la atención especializada e interdisciplinaria y los tratamientos con la mejor evidencia científica de acuerdo con los avances científicos en salud mental.
- Derecho a que las intervenciones sean las menos restrictivas de las libertades individuales de acuerdo a la ley vigente.
- Derecho a tener un proceso psicoterapéutico, con los tiempos y sesiones necesarias para asegurar un trato digno para obtener resultados en términos de cambio, bienestar y calidad de vida.
- Derecho a recibir psicoeducación a nivel individual y familiar sobre su trastorno mental y las formas de autocuidado.
- Derecho a recibir incapacidad laboral, en los términos y condiciones dispuestas por el profesional de la salud tratante, garantizando la recuperación en la salud de la persona.
- Derecho a ejercer sus derechos civiles y en caso de incapacidad que su incapacidad para ejercer estos derechos sea determinada por un juez de conformidad con la ley 1306 de 2009 y demás legislación vigente.
- Derecho a no ser discriminado o estigmatizado, por su condición de persona sujeto de atención en salud mental.
- Derecho a recibir o rechazar ayuda espiritual o religiosa de acuerdo con sus creencias.
- Derecho a acceder y mantener el vínculo con el sistema educativo y el empleo, y no ser excluido por causa de su trastorno mental.
- Derecho a recibir el medicamento que requiere siempre con fines terapéuticos o de diagnósticos.
- Derecho a exigir que sea tenido en cuenta el consentimiento informado para recibir el tratamiento.
- Derecho a no ser sometido a ensayos clínicos ni tratamientos experimentales sin su consentimiento informado.
- Derecho a la confidencialidad de la información relacionada con su proceso de atención y respetar la intimidad de otros pacientes.
- Derecho al Reintegro a su familia y comunidad.
Deberes:
- Ofrecer un trato digno, respetuoso y considerado a todo el personal de la Clínica, al igual que otros pacientes y sus familias.
- Dar información veraz sobre sus antecedentes clínicos y demás datos solicitados por el personal de la Clínica. Seguir las indicaciones médicas y de los demás integrantes del equipo de salud, en los casos en los cuales haya aceptado el tratamiento.
- Cuidar su salud y la de su comunidad.
- No discriminar a persona alguna en razón de su raza, sexo, condición o culto religioso.
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y demás normas; así como las Políticas y normas internas de la Clínica.
- Conocer, ejercer y cumplir con total responsabilidad, los derechos y deberes que le otorga e impone el régimen de seguridad social en salud, así como el contenido del plan adicional de salud que haya adquirido destacando, por su importancia frente a la comunidad el deber de hacer uso racional de los servicios de salud.
- Reportar al personal de la clínica cualquier situación que considere anómala o que pueda atentar contra sus derechos como ser humano y paciente.
- Respetar las indicaciones contenidas en los folletos de información a pacientes de la Clínica.
- Dar un trato cuidadoso a los bienes de propiedad de la Clínica; que están para su servicio.